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¿Por qué la controversia sobre la prisión preventiva oficiosa? Te lo explicamos

NACIONAL

06-09-2022


El 40% de las personas en prisión están en esta situación

El 40% de las personas en prisión están en esta situación

Redacción BajaNewsMx
Editorial bajanews.mx | BajaNews
Publicado: 06-09-2022 20:50:34 PDT
Actualizado: 06-09-2022 23:51:01 PDT

Lo que tienes que saber sobre el debate de la Suprema Corte en torno a la inconstitucionalidad de la prisión preventiva oficiosa

MÉXICO, 06 DE SEPTIEMBRE DEL 2022.- Desde ayer, la Corte de Justicia de la Nación (SCJN) debate la inconstitucionalidad o no de la prisión preventiva oficiosa. De acuerdo a anexos del Cuarto Informe de Gobierno, la población de personas en prisión preventiva oficiosa o justificada creció en 17 mil 565 para llegar a un total de 92 mil 595. Es decir, el 40% de las personas en prisión están en esta situación, de acuerdo a un análisis de Animal Político. Pero, ¿qué es la prisión preventiva?

 

Es una medida que consiste en el encarcelamiento automático de la persona acusada de alguno de los delitos contenidos en el artículo 19 constitucional y el 167 del Código Nacional de Procedimientos Penales, los cuales incluyen delincuencia organizada, homicidio doloso y feminicidio, entre otros. Basta con que un juez vea indicios mínimos de que la investigación debe continuar para que el acusado vaya a la cárcel. Es decir, no es necesario que haya una sentencia. En cambio, en la prisión preventiva justificada, como su nombre lo indica, el juez debe justificar con argumentos esta medida cautelar para así dictarla. De esta forma, el juez puede decidir aplicarla si considera que la libertad del acusado pone en peligro la continuidad del proceso o la seguridad de la víctima, los testigos o de la comunidad.

 

La Constitución establece un límite de dos años a esta medida cautelar, sin embargo, la saturación de los tribunales obliga a que los acusados pasen muchos años tras las rejas sin ser sentenciados. Además, una investigación de Animal Político reveló que el 60% de las personas a las que se le aplicó fueron acusados de delitos menores, como robo o narcomenudeo y el 70% son personas de escasos recursos.

 

La postura oficial

 

El secretario de Gobernación (Segob), Adán Augusto López, ha asegurado que eliminarla pondría en peligro la estrategia de seguridad del gobierno. En opinión del subsecretario de Seguridad Púbica, Ricardo Mejía Berdeja si las 92 mil personas en prisión preventiva quedan en libertad, convirtiendo la llamada “puerta giratoria” a una “puerta abierta” debido a la impunidad. Por su parte, el presidente AMLO dijo que considera que la SCJN estaría suplantando las funciones del Poder Legislativo si decidiera anular un artículo de la Constitución.

 

Al respecto, la abogada Paola Zavala Saeb opinó que si la Corte declara inconstitucional un artículo de la carta magna alcanzaría facultades de constituyente, lo cual “puede ser muy perverso y peligroso para la división de poderes”. Sin embargo, dice, una salida que tiene la Corte es declarar que la prisión preventiva oficiosa es inconvencional. Es decir, que viola las convenciones y tratados internacionales que han sido aceptados por el Estado mexicano. Con esta vía de acción no se logran efectos generales y cada persona afectada puede, caso por caso, promover un amparo para pedir que el juez le cambie la medida cautelar. 

 

En caso de que la SCJN no llega a una resolución contra la prisión preventiva oficiosa, es de esperarse que la Corte Interamericana de Derechos Humanos le ordene a México hacerlo en los próximos meses, al resolver el caso de dos mexicanos que fueron torturados, procesados con pruebas fabricadas y mantenidos tras las rejas durante 17 años gracias a ella. La discusión continuará hoy.