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SCJN declara inconstitucional la prisión vitalicia en Chihuahua

NACIONAL

02-12-2024


Foto: Web

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Redacción BajaNewsMx
Editorial bajanews.mx| BajaNews
Publicado: 02-12-2024 19:04:14 PDT

La resolución surgió al resolver un amparo directo promovido por Juan Carlos Gámez Bernal, condenado a prisión vitalicia en 2014 por un multihomicidio ocurrido en el bar “La Mascota” en 2011

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional la pena de prisión vitalicia prevista en el artículo 127, segundo párrafo, del Código Penal de Chihuahua. Esta decisión fue adoptada por unanimidad en sesión del Pleno, al considerar que dicha pena contraviene los principios de reinserción social y proporcionalidad establecidos en el artículo 18 de la Constitución.


La resolución surgió al resolver un amparo directo promovido por Juan Carlos Gámez Bernal, condenado a prisión vitalicia en 2014 por un multihomicidio ocurrido en el bar “La Mascota” en 2011. La SCJN concluyó que la pena de cadena perpetua anula la posibilidad de reintegración social, ya que implica una exclusión absoluta de la persona sentenciada, contraria a los derechos humanos.


Principales determinaciones de la SCJN


1.    Inconstitucionalidad de la prisión vitalicia: La Corte invalidó el párrafo segundo del artículo 127 del Código Penal de Chihuahua, que imponía esta pena para el homicidio doloso de tres o más personas.


2.    No deja impune el delito: La SCJN aclaró que la declaración de inconstitucionalidad no implica la liberación del quejoso. La autoridad deberá asignar una nueva pena dentro del rango de 20 a 50 años de prisión, según el primer párrafo del mismo artículo.


3.    Proporcionalidad de la pena: Se enfatizó que las penas deben permitir la posibilidad de reinserción social, descartando sanciones que anulen completamente esta oportunidad.

 


Argumentos destacados


•    Reinserción social: La ministra Yasmín Esquivel Mossa subrayó que la prisión perpetua es incompatible con el sistema penitenciario mexicano, que prioriza la rehabilitación y reintegración social de los sentenciados.


•    Proporcionalidad y dignidad humana: El ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena argumentó que la prisión vitalicia desconoce el derecho a la libertad personal y representa un trato desproporcionado, contrario a la dignidad humana.

 

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Impacto y precedente


Esta decisión marca un cambio significativo en el sistema de justicia penal mexicano, priorizando un enfoque basado en la dignidad humana y la proporcionalidad de las penas. Además, invalida un criterio previo que avalaba la prisión vitalicia, reafirmando la transformación del paradigma punitivo en México.


La autoridad responsable deberá reconsiderar las penas para casos similares, respetando los principios constitucionales y el derecho a la reinserción social.